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Política

Se publican vocales reemplazantes para Plebiscito Constitucional

Cumplido el plazo, el 18 de agosto, para que los vocales designados presentaran sus excusas, las Juntas Electorales nombraron a sus reemplazantes.

Cada elector puede revisar sus datos en la página web de Servel, sección Consulta de Datos, o ingresando directamente aquí

Quienes fueron designados vocales reemplazantes en esta última instancia no podrán excusarse. La ley indica que, si no pueden cumplir con la obligación de vocal de mesa, deberán justificar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sean notificados posterior a la elección, con los documentos que acrediten su situación.

Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, artículo 151 de la Ley Nº 18.700 (de $ 117.544 a $ 470.176 aproximadamente).

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